Función
Según el Artículo 29 de la Ley 18.695 de municipalidades, a la Unidad encargada de Control le corresponderán las siguientes funciones:
- Realizar la auditoría operativa interna de la municipalidad, con el objeto de fiscalizar la legalidad de su actuación;
- Controlar la ejecución financiera y presupuestaria municipal;
- Representar al Alcalde, los actos municipales que estime ilegales, informando de ello al concejo, para cuyo objeto tendrá acceso a toda la información disponible;
- Colaborar directamente con el concejo para el ejercicio de sus funciones fiscalizadoras.
- Asesorar al concejo en la definición y evaluación de la auditoría externa que aquel puede requerir en virtud de esta Ley.
Tramites que se realizan
Revisión y visación de todos los decretos exentos, afectos y de pago de la municipalidad y los servicios traspasados Educación y Salud.
A quién está dirigido
Todos los trámites de esta Unidad están dirigidos a nuestros clientes internos (funcionarios, concejales.)