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Funcionarios
| Nombre | Cargo | Contacto |
| Marcelo Godoy | Director de Obras | 460310 |
| Romy Maldonado | Administrativo | 461272 |
| Dagoberto Godoy | Inspector de Obras | |
| Carlos Mutizabal | Chofer | |
| Bernardo Martínez | Chofer | |
| Luis Córdoba | Chofer | |
| Carlos Mansilla | Chofer | |
| Pedro Riquelme | Chofer | |
| Manuel González | Chofer |
Funciones
La Dirección de Obras Municipales tiene a su cargo las siguientes funciones:
a) Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcción, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones:
* Dar aprobación a las subdivisiones de predios urbanos y urbanos rurales.
* Dar aprobación a los proyectos de obras de urbanización y de construcciones en general, que se efectúen en las áreas urbanas o urbanas rurales. Ellas incluyen tanto las obras nuevas como las ampliaciones, transformaciones y otras que determinen las leyes y reglamentos.
* Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas.
* Fiscalizar la ejecución de dichas obras el momento de su recepción.
* Recibir de las obras ya citadas y autorizar su uso.
b) Realizar tareas de inspección a las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
c) Aplicar normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
d) Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizados en la comuna.
e) Proponer y ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.
f) Asesorar la construcción de viviendas sociales e infraestructura sanitaria y la prevención de riesgos y prestación de auxilio en situaciones de emergencia.
g) Aplicar las normas generales sobre construcciones y urbanización en la comuna, específicamente las establecidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones (D.F.L. 458/MINVU-1977), la Ordenanza General de dicha Ley (D.S. 47/MINVU-1992), y el Plan Regulador Comunal de Valdivia vigente, en especial, las siguientes detalladas en la Ley 18.695.
* Dirigir las construcciones municipales que ejecute directamente el Municipio y supervigilar estas construcciones cuando se contraten con terceros (D.F.L.458/Art. 9ºb).
* Informar las patentes municipales respecto a tales disposiciones legales.
h) Otras funciones que le asigne el Alcalde, de conformidad con la legislación vigente y que no sea de aquellas que la Ley asigne a otras unidades.
Trámites
La Dirección de obras realiza el cobro de los Derechos Municipales, por concepto de Permisos de Edificación, de acuerdo a clasificación y valores estipulados por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, MINVU, valores que se reajustan en forma trimestral, y que se encuentran en:
La Normativa por la cuál se rigen las obras de Edificación, es el Plan Regulador Comunal, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción "OGUC", y la Ley General de Urbanismo Y Construcción "LGUC". Estas últimas se encuentran en:
Para ver todos los trámites que pude efectuar en este departamento vaya a
Plano Regulador
La Normativa por la cuál se rigen las obras de Edificación, es el Plan Regulador Comunal, la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción "OGUC", y la Ley General de Urbanismo Y Construcción "LGUC".
El Plan Regulador, consta de un plano, el cuál se divide por distintas zonas, y además posee una Ordenanza de aplicación del Plano. Nuestra comuna cuenta con un Plan Regulador elaborado el año 1995, el cuál actualmente esta en estudio, para modificaciones e inclusión de los seccionales de Folilco, Antilhue y Riñihue.